Interinos, el incendio que Moncloa no apaga

Sánchez no ha explicado todavía cómo, cuándo y con qué instrumentos piensa el Gobierno cumplir el 8% real de temporalidad en las administraciones públicas, como exige la normativa europea

La entrevista a Pedro Sánchez en RTVE inauguró el curso político con un repertorio amplio (clima, incendios, caso Koldo, Begoña Gómez, Presupuestos), pero dejó fuera el problema que la Administración arrastra desde hace décadas: el abuso de la temporalidad entre sus propios trabajadores. Ni compromisos, ni calendario, ni una sola cifra que permita medir el cumplimiento del famoso “8%”.

La escena fue solemne: emisión simultánea en La 1, La 2, Canal 24h, RNE y RTVE Play. Un presidente que abre temporada, una entrevista sin estridencias y una lista de prioridades gubernamentales empaquetadas para prime time. El guion, sin embargo, dejó un hueco conspicuo: la situación de cientos de miles de interinos que sostienen servicios públicos con nombramientos encadenados. Si la rentrée pretendía marcar agenda, el silencio sobre los interinos también lo hace.

En el plano de los hechos, el Estado mantiene una tasa de temporalidad muy por encima del sector privado pese a las presuntas “estabilizaciones” de la Ley 20/2021. El objetivo político —reducirla por debajo del 8%— convive con una realidad tozuda: la Administración sigue parcheando necesidades estructurales con contratos y nombramientos temporales. El resultado es conocido por cualquiera que haya pasado por un juzgado, un hospital o un centro educativo: el servicio funciona, pero sobre piernas prestadas.

Europa observa desde hace años. La Directiva 1999/70/CE exige sanciones efectivas y disuasorias ante el abuso en la contratación temporal; el Tribunal de Justicia de la UE ha recordado que figuras como el “indefinido no fijo” o las estabilizaciones mal diseñadas no reparan el daño ni disuaden nuevas prácticas. En paralelo, la jurisprudencia española más reciente mantiene el dique: sin proceso selectivo, no cabe fijeza, la clase funcionarial es un estatus por sí misma. Dos planos que chocan en el mismo punto ciego: si no hay una medida protectora materialmente equivalente a la fijeza cuando se acredita el abuso, el sistema premia al que infringe y penaliza al que sostiene el servicio.

La entrevista del 1 de septiembre podía haber despejado dudas: ¿cómo, cuándo y con qué instrumentos piensa el Gobierno cumplir el 8% real? ¿Qué sanción aplicará allí donde un juez declare abuso? ¿Que sanciones se impondrán a los jueces que sostengan ese abuso? ¿Qué calendario presentará a Bruselas? Hubo anuncios en materia climática y mensajes sobre estabilidad política; faltó la ingeniería jurídica y de recursos humanos que ponga fin a una anomalía crónica.

El contraste resulta inevitable: el Ejecutivo reivindica modernidad y empleo récord, pero la precariedad más persistente habita en su propia casa.

Más allá del titular fácil del gobierno, es decir, “regularizar” interinos, el asunto es tan serio que afecta a tres pilares del Estado. En primer lugar, a la calidad del servicio público porque la rotación forzada descose equipos, eleva costes y desincentiva la formación. Por otro lado, tiene un impacto directo en un derecho constitucional, la seguridad jurídica, dado que años de nombramientos para cubrir plazas estructurales han generado un reguero de litigios que podrían haberse evitado con planificación. Finalmente, la credibilidad institucional está por los suelos porque, mientras se exige a las empresas privadas lo que la Administración incumple de manera obscena, el discurso de Pedro Sánchez sobre el empleo digno queda absolutamente inhabilitado.

La promesa del 8% marcó un hito comunicativo; no así la ejecución. Tras una oleada de supuestos procesos de estabilización, más formales que otra cosa, la temporalidad pública sigue doblando a la privada. La explicación técnica circula en todas las consejerías: convocatorias que llegan tarde, cuerpos con déficits estructurales, plantillas envejecidas, oposiciones que expulsan a quien ya acredita méritos en años de servicio… y ningún mecanismo de reparación automático cuando un tribunal constata el abuso.

La UE no discute el principio de mérito y capacidad; discute su uso como comodín para no sancionar. La ecuación europea es clara: si hay abuso acreditado, debe existir una consecuencia que proteja a la víctima y desincentive al infractor. España replica con un “sí, pero”, que el TJUE considera insuficiente. Mientras tanto, el Supremo ha reiterado que la fijeza no es posible sin superar un proceso selectivo, en contra de la propia doctrina constitucional. La pelota, por tanto, es política y legislativa.

Nada de lo anterior impide respetar el mérito y la capacidad; de hecho, lo refuerza. Porque el mérito también es sostener durante años el mismo puesto que la Administración ha decidido no convocar a tiempo.

El Estado presume de ser el gran empleador estable del país. Bastaría con que lo fuera también de puertas adentro. Mientras el plató cambia de decorado, la anomalía persiste fuera de cámara. Y no por falta de focos, sino por falta de BOE.

Fuente: diario16plus.com 03.09.2025

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Ramón J.

Interino desde 2009 discontinuamente pero con nombramientos de más de 4 años de duración... intentando sacar unas oposiciones o conseguir una estabilización un día de estos... 😎

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